Tuesday, May 27, 2008

TOTAL APOYO DE LA RED DE CONSEJOS COMUNALES.-

Nuestros comisionados se reunieron con los Delegados de los Consejos Comunales

Agradecemos todo el apoyo, y el trato tan hospitalario con el que fuimos recibidos

Fr.+ José Reinoza, explica que el principal principio de Hugies es el MEDIOAMBIENTE


Un momento de descanso.

Los Consejos Comunales.

Fr.+ José R. Solares O.B+J, Secretario del C.E.D., Embajador Plenipotenciario para la República Bolivariana de Venezeuala, y Fr.+ Francisco Reinoza O.B+J, Ministro para la Biodiversidad del C.E.D. viajaron a la Gobernación de Nueva Esparta, en la maravillosa Isla de Margarita, en dónde tuvieron reuniones con los Consejos Comunales de los diferentes municipios.
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Después de dar a conocer la implicación de nuestro Proyecto Hugies en el medioambiente, y su apoyo a las organizaciones comunitarias, a través de la Orden Bonaria, hemos sido gratamente recibidos. Hugies+Orden Bonaria, se felicita por aúnar y conseguir el apoyo del Gobierno Central, de la Gobernación de Nueva Esparta, La Mancomunidad de Alcaldías, y los Consejos Comunales. Este triunfo viene definido, primero por el desarrollo diplomático de nuestros Embajadores en dicho país, su esfuerzo y su trabajo de campo, segundo motivado por los principios de Nuestra Institución en colaborar por el desarrollo sostenible, trabajando en común con todas las entidades tanto sociales como políticas.
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El Consejo Comunal es la instancia de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y, los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD DE EQUIDAD Y JUSTICIA SOCIAL
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“Comunidad es El Conglomerado Social de Familias, Ciudadanas y Ciudadanos que habitan en un área geográfica determinada, que comparten una historia e intereses comunes, se relacionan entre si, usan los mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades”.
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La Asamblea de Ciudadanos es la máxima instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo. Es la máxima instancia de decisión del Consejo Comunal, integrada por las y los habitantes de la comunidad mayores de 15 años.
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El comité de trabajo del Consejo Comunal es un colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones especificas, atender necesidades y desarrollar potencialidades de cada comunidad. Articulara y promoverá la participación e integración de las organizaciones comunitarias, movimientos sociales y habitantes de la comunidad.
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Las áreas de trabajo se constituyen en relación con las particularidades y los problemas mas relevantes de la comunidad .El numero y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad de cada comunidad. Las áreas de trabajo agrupan varios comité de trabajo del Consejo Comunal.
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Las Organizaciones que existen o pueden existir en las comunidades y que agrupan a un conjunto de ciudadanos y ciudadanas con bases en objetivos e intereses comunes, tales como: comité de agua, comité de salud, comité de deporte, grupos culturales, organizaciones estudiantiles, organizaciones juveniles, etc.
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El Vocero o Vocera es la persona electa en asamblea de ciudadanos y ciudadanas, para cada comité de trabajo, a fin de coordinar todo lo relacionado al funcionamiento del consejo comunal , la instrumentación de las mismas.
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El Órgano Ejecutivo es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la participación de las y los integrantes de la comunidad, grupos sociales y organizaciones comunitarias en los diferentes comités de trabajo. Planificar la decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, conocer las actividades de cada uno de los comités de trabajo y de las áreas de trabajo.
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Las Funciones del Órgano Ejecutivo Son:
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· Ejecutar las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas.
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· Elaborar planes de trabajo, organizar el voluntariado.
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· Formalizar el registro del consejo comunal.
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· Promover la solicitud de transferencias de servicios.
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· Participación en los procesos económicos.
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· Gestión de empresas publicas y recuperación de empresas paralizadas mediante mecanismos autogestionarios y de cogestión.
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· Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y la participación en el parlamentarismo social.
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· Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e integridad territorial.
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· Elaborar el plan de desarrollo de la comunidad.
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· Las demás que establezca la ley y su reglamento.
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El Banco Comunal es un órgano integrado por 5 habitantes de la comunidad, electos y electas en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, que funciona como ente de ejecución financiera de los consejos comunales para:
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Funciones del Banco Comunal:
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· Administrar los recursos asignados, generados o captados.
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· Promover la construcción de cooperativas.
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· Impulsar el diagnostico y presupuesto participativo, sensible al genero, jerarquizando las necesidades de la comunidad.
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· Promover el fortalecimiento de las economías locales.
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· Articularse con las demás organizaciones del sistema micro financiero de la economía popular.
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· Promover el desarrollo local, los núcleos de desarrollo endógeno y cualquier otra que promueva la economía popular y solidaria.
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· Rendir cuenta Publica.
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· Realizar la intermediación financiera y prestar asistencia social.
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· Promover formas económicas alternativas y solidarias, para el intercambio de bienes y servicios.
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· Servir de ente de inversión y crédito.
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· El banco podrá pertenecer a un consejo comunal, a una mancomunidad de consejos comunales, de acuerdo al desarrollo y necesidades de los mismos.
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· Tendrá la figura jurídica de Cooperativa.
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· Se regirá por la ley de cooperativas, la ley de micro finanzas y la presente ley y su reglamento, y demás aplicables.
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La Unidad de Contraloría Social es un órgano integrado por 5 habitantes de la comunidad, electos y electas en la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, para realizar la contraloría social, fiscalización, control y supervisión del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como sobre programas y proyectos de inversión publica, presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, estadal o municipal.
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El Banco Comunal, La Contraloría Social y el Órgano ejecutivo realizan reuniones de coordinación evaluación y seguimiento al menos una vez al mes.